Plan de pensiones para autónomos: límite de deducción y cuándo compensa

Un autónomo puede reducir su base imponible del IRPF hasta 5.750 euros al año aportando a planes de pensiones: 1.500 euros en planes individuales y hasta 4.250 euros adicionales en planes de pensiones de empleo simplificados para autónomos. El límite conjunto no puede superar el 30% de sus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.

Última actualización: octubre de 2026.

Los límites

Tipo de planAportación máxima deducible
Plan de pensiones individual1.500 €/año
Plan de pensiones de empleo simplificado para autónomos4.250 €/año adicionales
Total5.750 €/año (con el límite del 30% de los rendimientos)

Cuánto te ahorras

El ahorro es tu tipo marginal multiplicado por la aportación. Con un tipo marginal del 30%, aportar 1.500 euros te ahorra 450 euros en la renta; aportar 5.750 euros, 1.725 euros.

El otro lado: el rescate

Lo que rescates tributa como rendimiento del trabajo en el año del rescate. La ventaja real aparece si al jubilarte tienes un tipo marginal menor que cuando aportaste, o si rescatas de forma escalonada.

Cuándo compensa

  • Si tu tipo marginal es del 30% o más.
  • Si prevés tener menos ingresos en la jubilación.
  • Si planificas el rescate en varios años.

Cuándo no compensa tanto

  • Si tus rendimientos son bajos (tipo marginal del 19% o menos).
  • Si necesitas liquidez: el dinero solo se puede rescatar en supuestos tasados (jubilación, invalidez, paro de larga duración, enfermedad grave, o aportaciones con más de 10 años de antigüedad).
  • Si las comisiones del plan son altas.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo aportar para deducir en la renta de este año?

Hasta el 31 de diciembre.

¿Puedo deducir lo que aporto al plan de mi cónyuge?

Sí, hasta 1.000 euros si sus rendimientos son inferiores a 8.000 euros anuales.

Planes individuales o planes de empleo para autónomos

Plan individualPlan de empleo simplificado para autónomos
Límite deducible1.500 €/año4.250 €/año adicionales
Quién lo ofreceBancos y gestorasPromovidos por asociaciones de autónomos, colegios o entidades sectoriales
ComisionesVariablesSuelen ser más bajas
RequisitoNinguno especialSer autónomo y adherirse al plan

Ejemplo de ahorro con 5.750 euros

Tipo marginalAhorro fiscal anual
24%1.380 €
30%1.725 €
37%2.128 €

Cuándo se puede rescatar

  • Jubilación.
  • Incapacidad permanente.
  • Fallecimiento (lo cobran los beneficiarios).
  • Dependencia severa o gran dependencia.
  • Desempleo de larga duración o cese de actividad en determinados casos.
  • Enfermedad grave.
  • Aportaciones con más de 10 años de antigüedad.

Cómo rescatar pagando menos

Lo que rescatas tributa como rendimiento del trabajo. Si rescatas todo de golpe el mismo año, puedes saltar a un tramo alto del IRPF. Repartir el rescate en varios años, cuando tus otros ingresos son bajos, reduce mucho el impuesto.

¿Puedo deducir el plan si tengo pérdidas en la actividad?

El límite es el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Si no tienes rendimientos positivos, no podrás aplicar la reducción ese año, aunque el exceso puede trasladarse a los cinco años siguientes.

Caso práctico: aportar en diciembre

Elena prevé un rendimiento neto de 40.000 euros y un tipo marginal del 37%. En diciembre aporta 1.500 euros a un plan individual y 3.000 euros a un plan de empleo para autónomos de su colegio profesional. En la renta reduce su base en 4.500 euros y ahorra unos 1.665 euros de IRPF ese año.

¿Hay planes de empleo para cualquier autónomo?

Existen planes promovidos por asociaciones de autónomos y entidades sectoriales a los que puedes adherirte. Infórmate en tu asociación o colegio profesional.

¿Puedo cambiar mi plan de gestora?

Sí, puedes traspasar el plan a otra entidad sin coste fiscal.

Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Si tu caso tiene particularidades, consúltalo con un asesor fiscal.

Escrito por Israel Medina, editor de Autónomo Tranquilo. Explicamos los impuestos y trámites del autónomo con ejemplos reales y cifras contrastadas con la Agencia Tributaria, el BOE y la Seguridad Social. Cómo trabajamos.