El modelo 303 se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre. Si domicilias el pago, el plazo termina antes (el día 15, o el 25 de enero). Presentarlo tarde por tu cuenta tiene un recargo que empieza en el 1%; si te lo reclama Hacienda, hay sanción.
Última actualización: octubre de 2026.
Calendario anual
| Trimestre | Plazo de presentación | Si domicilias el pago |
|---|---|---|
| 1.º (enero–marzo) | Del 1 al 20 de abril | Hasta el 15 de abril |
| 2.º (abril–junio) | Del 1 al 20 de julio | Hasta el 15 de julio |
| 3.º (julio–septiembre) | Del 1 al 20 de octubre | Hasta el 15 de octubre |
| 4.º (octubre–diciembre) | Del 1 al 30 de enero | Hasta el 25 de enero |
Si el último día es sábado, domingo o festivo nacional, el plazo pasa al siguiente día hábil.
Si lo presentas tarde sin requerimiento de Hacienda
Si el resultado es a pagar y lo presentas fuera de plazo por iniciativa propia, se aplica un recargo según el retraso:
| Retraso | Recargo |
|---|---|
| Hasta 1 mes | 1% |
| Cada mes completo adicional | +1% (hasta 12 meses) |
| Más de 12 meses | 15% + intereses de demora |
Ejemplo: un 303 de 1.500 euros presentado con 3 meses de retraso tiene un recargo del 3%: 45 euros. Los recargos se reducen un 25% si pagas en el plazo indicado en la liquidación del recargo.
Si el resultado es cero o a compensar
Aunque no haya importe a pagar, presentarlo tarde es una infracción: multa de 200 euros, que se reduce a la mitad (100 euros) si lo presentas sin requerimiento previo.
Si Hacienda te lo requiere
Si no lo presentas y Hacienda te requiere, ya no hay recargo sino sanción, que puede ir del 50% al 150% de la cantidad dejada de ingresar, además de los intereses de demora. Por eso, si se te pasa el plazo, preséntalo cuanto antes.
Cómo no olvidarte
- Pon recordatorios el día 1 de cada mes de presentación.
- Domicilia el pago para no depender del último día.
- Usa un programa de facturación que prepare el 303 automáticamente. Ver programas de facturación.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo puedo domiciliar el 303?
Hasta el día 15 de abril, julio y octubre, y hasta el 25 de enero en el cuarto trimestre.
¿Y si no puedo pagar?
Puedes presentarlo en plazo y solicitar un aplazamiento. Ver aplazar el 303. Presentarlo sin pagar evita la sanción por no presentar.
Ejemplo de recargos según el retraso
| Resultado del 303 | Retraso | Recargo | Total |
|---|---|---|---|
| 800 € | 10 días | 1% = 8 € | 808 € |
| 800 € | 4 meses | 4% = 32 € | 832 € |
| 800 € | 14 meses | 15% = 120 € + intereses | 920 € + intereses |
Recargos por presentación voluntaria fuera de plazo, sin requerimiento previo (art. 27 de la Ley General Tributaria). Pueden reducirse un 25% si pagas en plazo.
Si el último día cae en festivo
El plazo se traslada al primer día hábil siguiente. Los festivos que cuentan son los nacionales y, en algunos casos, los de tu comunidad. Para no depender de esto, presenta unos días antes.
Calendario fiscal completo del autónomo
| Mes | Qué presentas |
|---|---|
| Enero (1-30) | 303 y 130 del 4T, 390 anual; 111 y 115 del 4T hasta el 20; 190 y 180 hasta el 31 |
| Abril (1-20) | 303, 130, 111, 115 del 1T |
| Abril-junio | Declaración de la renta |
| Julio (1-20) | 303, 130, 111, 115 del 2T |
| Octubre (1-20) | 303, 130, 111, 115 del 3T |
¿Hacienda avisa cuando se acerca el plazo?
No de forma personalizada. Puedes suscribirte a los avisos de la Agencia Tributaria o usar un programa de facturación que te recuerde los plazos.
Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Si tu caso tiene particularidades, consúltalo con un asesor fiscal.
Fuentes oficiales consultadas
Escrito por Israel Medina, editor de Autónomo Tranquilo. Explicamos los impuestos y trámites del autónomo con ejemplos reales y cifras contrastadas con la Agencia Tributaria, el BOE y la Seguridad Social. Cómo trabajamos.