El modelo 349 es la declaración informativa de operaciones con empresas de otros países de la UE: detalla, cliente a cliente y proveedor a proveedor, las ventas y compras intracomunitarias. Solo se presenta en los periodos en que has tenido estas operaciones.
Última actualización: octubre de 2026.
Quién lo presenta
Los autónomos dados de alta en el ROI que en el periodo hayan realizado:
- Prestaciones de servicios a empresas de la UE.
- Adquisiciones de servicios a empresas de la UE (por ejemplo, publicidad en Google o Meta).
- Entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes.
Plazos
| Periodicidad | Cuándo aplica | Plazo |
|---|---|---|
| Trimestral | Lo habitual en autónomos | Del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre (hasta el 30 de enero el 4.º) |
| Mensual | Si las entregas de bienes y servicios superan 50.000 € en el trimestre | Del 1 al 20 del mes siguiente |
Cómo rellenarlo
- Entra en la Sede Electrónica y abre el modelo 349.
- Indica el periodo.
- Añade un registro por cada cliente o proveedor de la UE: país, NIF-IVA, nombre, clave de la operación e importe.
- Firma y envía.
| Clave | Operación |
|---|---|
| S | Prestaciones de servicios a empresas de la UE |
| I | Adquisiciones de servicios a empresas de la UE |
| E | Entregas intracomunitarias de bienes |
| A | Adquisiciones intracomunitarias de bienes |
Errores frecuentes
- Olvidar las compras de servicios (clave I), como la publicidad en redes sociales.
- Que los importes no coincidan con el modelo 303.
- No presentarlo pensando que es opcional.
Preguntas frecuentes
¿Hay que presentarlo si no he tenido operaciones?
No. Solo en los periodos con operaciones intracomunitarias.
¿Se paga algo?
No, es informativo.
Ejemplo de un 349 trimestral
| País | NIF-IVA | Nombre | Clave | Importe |
|---|---|---|---|---|
| DE | 123456789 | Muster GmbH | S | 2.500,00 € |
| IE | 6388047V | Google Ireland Ltd | I | 340,00 € |
| FR | 12345678901 | Exemple SARL | S | 1.200,00 € |
Ejemplo ilustrativo. Usa siempre los datos exactos que aparecen en las facturas.
Rectificaciones
Si te equivocaste en un 349 ya presentado, puedes presentar una declaración complementaria o sustitutiva, o incluir las rectificaciones en el 349 de un periodo posterior en el apartado correspondiente.
Relación con otros modelos
- Las ventas a la UE del 349 deben coincidir con la casilla 59 del 303.
- Las compras a la UE deben coincidir con las adquisiciones intracomunitarias autorrepercutidas.
- El total anual aparece también en el 390.
¿Qué sanción hay por no presentarlo?
Es una infracción por no presentar una declaración informativa, con multa por cada dato omitido y un mínimo. Si lo presentas tarde sin requerimiento, la sanción se reduce.
El 349 en la práctica: un año de un autónomo digital
Un diseñador que trabaja para una agencia de Francia y paga publicidad en redes sociales a una empresa irlandesa presentará el 349 en los cuatro trimestres, porque en todos tiene operaciones intracomunitarias. En cada uno declarará la factura emitida a la agencia francesa (clave S) y las facturas recibidas de la plataforma de publicidad (clave I).
Cómo se relacionan el 303, el 349 y el 390
| Operación | Modelo 303 | Modelo 349 | Modelo 390 |
|---|---|---|---|
| Servicio a empresa de la UE | Casilla 59 | Clave S | Resumen anual |
| Servicio comprado a empresa de la UE | IVA autorrepercutido (devengado y deducible) | Clave I | Resumen anual |
| Venta de bienes a empresa de la UE | Casilla 59 | Clave E | Resumen anual |
Antes de presentar, comprueba que los importes cuadran en los tres: es una de las primeras cosas que cruza la Agencia Tributaria.
¿Hay que incluir a clientes de Reino Unido o Suiza?
No. El 349 es solo para operaciones con empresas de los países de la Unión Europea.
Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Si tu caso tiene particularidades, consúltalo con un asesor fiscal.
Fuentes oficiales consultadas
Escrito por Israel Medina, editor de Autónomo Tranquilo. Explicamos los impuestos y trámites del autónomo con ejemplos reales y cifras contrastadas con la Agencia Tributaria, el BOE y la Seguridad Social. Cómo trabajamos.