Baja por enfermedad del autónomo: cuánto cobras y desde qué día

Un autónomo de baja por enfermedad común cobra el 60% de su base de cotización desde el cuarto día hasta el vigésimo, y el 75% a partir del día 21. Si la baja es por accidente laboral o enfermedad profesional, cobra el 75% desde el día siguiente. Además, a partir del día 61 de baja no paga la cuota.

Última actualización: octubre de 2026.

Cuánto cobras

Días de bajaEnfermedad común o accidente no laboralAccidente laboral o enfermedad profesional
Días 1 a 3Nada75%
Días 4 a 2060% de la base reguladora75%
Desde el día 2175%75%

La base reguladora es la base de cotización del mes anterior a la baja, dividida entre 30.

Ejemplo

Pedro cotiza por la base mínima del tramo 3 general (960,78 euros). Su base diaria es de 32,03 euros. En una baja de 30 días por enfermedad común:

PeriodoCálculoImporte
Días 1-3—0 €
Días 4-20 (17 días)17 × 32,03 × 60%326,71 €
Días 21-30 (10 días)10 × 32,03 × 75%240,23 €
Total566,94 €

Con bases bajas, la prestación es pequeña. Por eso muchos autónomos contratan un seguro de baja laboral.

Requisitos

  • Estar de alta y al corriente de pago de las cuotas.
  • Para enfermedad común: haber cotizado 180 días en los últimos 5 años.
  • Para accidente laboral: no se exige periodo mínimo.
  • Presentar la declaración de situación de la actividad (quién se hace cargo del negocio).

Cómo se tramita

  1. El médico del servicio público de salud emite el parte de baja.
  2. Comunicas la baja a tu mutua y presentas la solicitud con la documentación.
  3. La mutua te paga directamente la prestación.

¿Sigo pagando la cuota?

Durante los primeros 60 días de baja sí. Desde el día 61, la cuota la asume la mutua o la entidad gestora.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar estando de baja?

No. Trabajar durante la baja puede suponer perder la prestación y una sanción.

¿Cuánto puede durar la baja?

Hasta 365 días, prorrogables otros 180 en determinados casos.

¿Cobro la baja si estoy con tarifa plana?

Sí, sobre la base de cotización correspondiente, aunque la cantidad será baja.

Cuánto cobras según tu base

Base de cotizaciónBase diariaDías 4-20 (60%)Desde el día 21 (75%)
653,59 € (mínima reducida)21,79 €13,07 €/día16,34 €/día
960,78 € (tramo 3 general)32,03 €19,22 €/día24,02 €/día
1.500 €50,00 €30,00 €/día37,50 €/día
2.500 €83,33 €50,00 €/día62,50 €/día

Documentación para la mutua

  • Parte médico de baja.
  • Solicitud de la prestación de la mutua.
  • Declaración de situación de la actividad: quién gestiona el negocio durante la baja o si cesa temporalmente.
  • Datos bancarios.
  • Últimos recibos de la cuota si te los piden.

Si tienes empleados o un local

En la declaración de situación de la actividad tendrás que indicar si el negocio sigue abierto con otra persona al frente. Puedes contratar a alguien para sustituirte y, en algunos casos, beneficiarte de bonificaciones en su contratación.

¿Cobro la baja por maternidad o paternidad?

Sí. La prestación por nacimiento y cuidado de menor es del 100% de la base reguladora durante todo el periodo de descanso, y además estás exento de pagar la cuota durante ese tiempo.

¿Me conviene subir la base para cobrar más de baja?

Solo si la subida es duradera: la prestación se calcula sobre la base del mes anterior a la baja, pero cotizar más cuesta cada mes. Un seguro privado puede ser una alternativa más barata.

Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Si tu caso tiene particularidades, consúltalo con un asesor fiscal.

Escrito por Israel Medina, editor de Autónomo Tranquilo. Explicamos los impuestos y trámites del autónomo con ejemplos reales y cifras contrastadas con la Agencia Tributaria, el BOE y la Seguridad Social. Cómo trabajamos.