Un diseñador gráfico autónomo que trabaja por su cuenta se da de alta, según el criterio de la Dirección General de Tributos, en el grupo 399 de la sección segunda del IAE (actividad profesional). Por eso sus facturas a empresas llevan IVA del 21% y retención del 15% (7% los primeros años).
Última actualización: octubre de 2026.
Alta
- Hacienda: modelo 036, grupo 399 (sección 2.ª). Si tienes estructura empresarial (empleados, estudio), la DGT apunta al 843.9 (sección 1.ª).
- Seguridad Social: alta en el RETA, con tarifa plana si te corresponde.
- ROI si trabajas con agencias de otros países de la UE.
Cómo facturas
| Cliente | IVA | Retención |
|---|---|---|
| Empresa o autónomo en España | 21% | 15% (7% los 3 primeros años) |
| Particular en España | 21% | No |
| Empresa de la UE | Sin IVA (inversión del sujeto pasivo) | No |
| Empresa fuera de la UE | Sin IVA (no sujeta) | No |
Gastos deducibles habituales
- Software y suscripciones (Adobe, Figma, fuentes, bancos de imágenes).
- Ordenador, monitor, tableta gráfica (amortización o gasto directo si < 300 €).
- Formación y cursos de diseño.
- Suministros si trabajas desde casa (30% de la parte afecta).
- Coworking, cuota de autónomos, gestoría, dominio y hosting del portfolio.
- Publicidad y plataformas de portfolio.
Más en gastos deducibles.
Derechos de autor
Si cedes derechos de explotación de tus obras, puede haber matices fiscales (por ejemplo, la retención de rendimientos de propiedad intelectual). Indica en tus presupuestos qué derechos cedes.
Preguntas frecuentes
¿Necesito presentar el modelo 130?
Si al menos el 70% de tus ingresos llevan retención, no. Ver ¿tengo que presentar el 130?.
Un año fiscal de una diseñadora
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Facturación sin IVA | 28.000 € |
| Gastos (software, equipo, coworking, gestoría) | 4.200 € |
| Cuota de autónomos (tramo 4) | 4.323 € |
| Rendimiento neto aproximado | 19.477 € |
| IRPF aproximado | ≈ 2.800 € |
| Retenciones de clientes (15%) | ≈ 4.200 € |
| Resultado de la renta | ≈ 1.400 € a devolver |
Clientes típicos y cómo facturarles
- Agencias y empresas españolas: IVA 21% y retención.
- Particulares: IVA 21%, sin retención.
- Plataformas de diseño y marketplaces: revisa quién es tu cliente; muchas son empresas extranjeras.
- Clientes de la UE: sin IVA, con ROI y 349.
Licencias y derechos
Indica en tus presupuestos qué uso puede hacer el cliente del diseño (territorio, duración, medios). Si usas tipografías o imágenes de bancos, comprueba que la licencia permite el uso comercial del cliente: los problemas de licencias son una de las reclamaciones más frecuentes en diseño.
¿Puedo deducir mi portfolio y mi web?
Sí: dominio, hosting, plantillas y plataformas de portfolio son gastos de la actividad.
Presupuestos claros para evitar problemas
- Describe el entregable: número de propuestas, formatos y versiones.
- Limita las rondas de cambios incluidas.
- Indica los derechos de uso que cedes.
- Pide un anticipo (30-50%) para trabajos nuevos.
- Fija el plazo de pago en la factura.
Tarifas y facturación por proyecto
Muchos diseñadores facturan por proyecto y no por horas. Fiscalmente da igual: lo importante es que la factura describa bien el trabajo y que el IVA y la retención sean correctos.
¿Puedo vender plantillas o recursos gráficos online?
Sí, pero es una actividad distinta (venta de productos digitales), con reglas de IVA específicas para particulares de otros países de la UE. Ver ventas online.
Este artículo es información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Si tu caso tiene particularidades, consúltalo con un asesor fiscal.
Fuentes oficiales consultadas
Escrito por Israel Medina, editor de Autónomo Tranquilo. Explicamos los impuestos y trámites del autónomo con ejemplos reales y cifras contrastadas con la Agencia Tributaria, el BOE y la Seguridad Social. Cómo trabajamos.